NUESTRA INTERVENCIÓN EN EL ÚLTIMO CONSEJO DE LAS MUJERES

Queremos compartir con la ciudadanía nuestra intervención en el Consejo Municipal de las Mujeres del Ayuntamiento de Chiclana, celebrado el 24 de febrero de 2014,  sesión en la que se llevó a aprobación el II PLAN ESTRATÉGICO PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y TRATO ENTRE MUJERES Y HOMBRES:

En primer lugar valoramos positivamente el contenido técnico del PLAN y el esfuerzo de las personas que lo han redactado.
En segundo lugar anunciamos nuestra ABSTENCIÓN en la Aprobación de este PLAN por los siguientes motivos que responden al puro sentido común y a la lógica de la coherencia.
   1. Nos abstenemos por puro sentido común: Nos preguntamos qué sentido tiene convocar la celebración de un Consejo Extraordinario para someter la aprobación  del  II PLAN ESTRATÉGICO PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y TRATO ENTRE MUJERES Y HOMBRES al Consejo Municipal de las Mujeres,   si el acuerdo que se adopte hoy en este Consejo además de no ser vinculante, no está contemplado ni programado ni incluido en la redacción del mismo.  Entendemos que se ha perdido una oportunidad única para potenciar y visualizar la participación política de este Consejo y la participación ciudadana de las mujeres que formamos parte de él en el proceso de aprobación de este II PLAN que el diagnóstico subraya.
a.    Tampoco se contempla como INICIATIVA LOCAL (página 41) la creación y la reforma del Consejo de las Mujeres, como órgano consultivo, sectorial y de participación que tiene como objeto defender los derechos de las mujeres y promocionar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

b.    El cambio de nombre de la Delegación de la Mujer a Delegación de Igualdad tampoco se contempla como INCIATIVA LOCAL en la página 41 del PLAN.


   2. Nos abstenemos por  la falta de coherencia legislativa: Este II PLAN carece de la normativa que reconoce a la Administración Local como competente para elaborar actividades de promoción de la mujer como así indica la Guía para el Diseño, gestión y evaluación de Planes de IGUALDAD  del Instituto Vasco de la Mujer, guía que ha servido de base para elaborar este II PLAN.              

a.     La legislación que otorga las competencias en esta materia es la Ley de Bases 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. BOE, nº 80 del 3 de abril de 1985.
“En su artículo 28, especifica que los municipios pueden realizar actividades complementarias a las propias de otras Administraciones Públicas y, en su particular, las relativas a la educación, la cultura, la promoción de la mujer, la vivienda, la sanidad y la protección del medio ambiente.
En este contexto, la referencia hacia la Administración Local es clara, dejando un espacio normativo de intervención que permite a los municipios la promoción de actividades, así como la prestación de cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la ciudadanía en materia de género, sin que esto suponga, en ningún momento, menoscabo u obstáculo a las competencias de otras Administraciones Públicas”.
  3. “El contexto normativo actual NO se muestra como una oportunidad para dar ese salto cualitativo  de  las  políticas  locales  de  igualdad  hacia  una  concepción,  planificación  e implementación de carácter estratégico”, tal y como indica la Guía de Planes de IGUALDAD.  Puesto que la Ley 27/2013, de 27 de diciembre,  de Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local,  elimina las competencias municipales locales en cuanto a la promoción de la igualdad y pasa a remitirla a las Administraciones Autonómicas. El artículo 11 de esta Ley  suprime el contenido del artículo 28 de la Ley de Bases del Régimen Local que reconoce a la Administración Local competente en materia de promoción de la mujer.  ¿A quién le corresponde las competencias de promoción de la mujer y de IGUALDAD? Según la legislación vigente a la Administración Autonómica.

4.  Nos abstenemos en función de nuestra coherencia feminista: Nosotras como Asociación de Mujeres por la IGUALDAD, detectamos que este II PLAN carece de la puesta en valor del movimiento feminista,  movimiento provocador de la implantación de políticas públicas de igualdad y normativas que intentan corregir las desigualdades existentes entre mujeres y hombres.  No hemos encontrado ni rastro de la palabra Feminista o Feminismo en este II PLAN. Un flaco favor que se le hace en este IIPLAN al movimiento asociativo de mujeres.

a.    Por pura coherencia no vamos a votar a favor de un PLAN de IGUALDAD en este año 2014 cuando el Gobierno está reformando y aprobando leyes que no reconocen el ejercicio de los derechos fundamentales de las mujeres, leyes que incorporan el tutelaje de las mujeres y nos incapacita para ejercer nuestra libertad y autonomía. Consideramos que este IIPLAN es un espejismo de la IGUALDAD,  puesto que obvia el actual sistema normativo.  Según los proyectos de reformas legislativas,  a una mujer que se le obliga a tener un embarazo no deseado no puede tener las mismas oportunidades que un varón  y si además se le niega la ayuda para los cuidados de las personas dependientes de la familia y a la Administración Local se les elimina las competencias de promoción de la mujer, de qué IGUALDAD DE OPORTUNIDADES estamos hablando?
Las mujeres no podremos alcanzar nunca la IGUALDAD  si  el Estado no garantiza el ejercicio de los derechos fundamentales de las mujeres.

  5. Nos abstenemos por la falta de coherencia política: no podemos votar a favor de este II PLAN cuando este 27 de febrero se hace entrega de la insignia de Oro de Sancti Petri a cuatro varones chiclaneros merecedores de este reconocimiento y entre estos galardonados no se encuentra ninguna mujer chiclanera. ¿IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE HOMBRES Y MUJERES? El mismo día que el Pleno Municipal aprueba el  II PLAN ESTRATÉGICO PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y TRATO ENTRE MUJERES Y HOMBRES  no se reconoce a ninguna mujer chiclanera como merecedora de la insignia de Sancti Petri.  Una incoherencia difícil de justificar por cuantas mujeres valiosas, trabajadoras, emprendedoras nacidas en esta Localidad han contribuido con su talento, esfuerzo y tesón al desarrollo de nuestra Ciudad.

    Firmado:
   Asociación de Mujeres
   IGUALMENTE

    
   Resultado de la votación:
     7 SI
     16  ABSTENCIONES






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